Currículum vitae actualizado del candidato o breve historial
gar alguna mención especial si lo considera procedente. Los gana-
de la entidad, incluyendo dirección completa y teléfono.
dores de las distintas modalidades de los galardones serán dados
Fotocopia del DNI o certificado de residencia en la Comu-
a conocer en los distintos medios de comunicación.
nidad de Madrid; en el caso de las entidades, deberán pre-sentar fotocopia estatutaria donde aparezca su domicilio
Decimocuarta
social. En caso de postulación de terceros, deberá constar
Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resuel-
la identidad de quien presente la candidatura.
tos por el titular de la Dirección General de Juventud.
Memoria explicativa del proyecto realizado y copia o dupli-cado de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos u
Consejería de Sanidad y Consumo
El plazo de recepción de candidaturas será de un mes desde
el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el
1582 ORDEN 827/2005, de 11 de mayo, de la Consejería de
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Deberán pre-
Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid, por la
sentarse en sobre o caja cerrados, en cuyo exterior se hará constar
que se establecen e implantan los procedimientos de segu-
claramente el lema “Galardones Juventud 2005”, en la Dirección
ridad y el sistema de vigilancia frente al accidente con riesgo
General de Juventud, Gran Vía, número 10, cuarta planta,
biológico en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid.
28013 Madrid; en el Registro de la Consejería de Educación, GranVía, número 3, 28013 Madrid; en cualquier Registro de la Comu-nidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de
El artículo 40.2 de la Constitución Española contiene un autén-
otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comu-
tico mandato dirigido a los poderes públicos para desarrollar una
nidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única,
política de protección de la salud de los trabajadores mediante
en oficinas de Correos y en representaciones diplomáticas u oficinas
la prevención de los riesgos derivados del trabajo.
consulares de España en el extranjero o mediante cualquiera de
En ejecución de este mandato, se promulgó en su momento
las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-
Laborales, desarrollada, entre otras normas, por el Real Decre-
cas y del Procedimiento Administrativo Común. Si el expediente
to 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
se remite por correo, se presentará en sobre abierto para que
de los servicios de prevención, el Real Decreto 664/1997, de 12
la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos
de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos
antes de proceder a su certificación.
relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el tra-bajo, y el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, en el que se
establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud parala utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
La Dirección General de Juventud verificará, dentro de los diez
días siguientes a su recepción, que los documentos presentados
En esta línea, indicar que la regulación contenida en la Ley
cumplen los términos de la presente convocatoria y determinará,
de Prevención de Riesgos Laborales y sus normas de desarrollo
en consecuencia, la aceptación o denegación de las propuestas,
ha sido objeto recientemente de modificación mediante la
enviando las aceptadas a los jurados para su valoración.
Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativode la prevención de riesgos laborales, que incide directamenteen la integración de la prevención de riesgos laborales en la empre-
Undécima
sa, estableciendo para el empresario de manera expresa la obli-
La documentación y materiales que se remitan correspondientes
gación de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores
a los Galardones Juventud serán confidenciales y podrán recu-
a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
perarse, excepto para los premiados, dentro de los treinta días
Por su parte, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad,
hábiles siguientes a la entrega del premio, mediante solicitud expre-
contempla en su artículo 21 los distintos aspectos que integran
sa de los participantes. La documentación y materiales que no
la actuación sanitaria en el ámbito de la salud laboral, precepto
sean recuperados transcurrido el plazo serán destruidos.
al que se remite de forma expresa el artículo 10 de la citada Leyde prevención de riesgos laborales. Duodécima
También cabe citar en el campo sanitario la Ley 16/2003, de 28
Los jurados serán designados por el Consejero de Educación
de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud,
entre personas pertenecientes a la Comisión Interdepartamental
que recoge como prestación de salud pública la promoción y pro-
de Juventud o entre personalidades de reconocido prestigio dentro
tección de la salud laboral, así como la Ley 55/2003, de 16 de
de cada una de las áreas, los cuales evaluarán y calificarán la
diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servi-
documentación que sustente las candidaturas.
cios de salud, que considera un derecho de los trabajadores recibir
En cada una de las áreas los jurados serán presididos por el
una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Director General de Juventud, o persona en quien delegue, y esta-
Asimismo, la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación
rán formados por cinco vocales, más un representante de la Direc-
Sanitaria de la Comunidad de Madrid, contempla, en su artículo 17,
ción General de Juventud que actuará como Secretario con voz
la necesidad de promover actuaciones en materia de salud laboral
por parte de la Administración de la Comunidad de Madrid,desarrollando la prevención, protección, promoción y mejora de
Decimotercera
Celebrada la reunión de los jurados, éstos emitirán su fallo,
Toda esta abundante normativa existente hace hincapié en dos
que será inapelable, y el Secretario lo recogerá en acta. Los Secre-
aspectos fundamentales; la responsabilidad del empresario y la
tarios de los jurados remitirán las actas al titular de la Dirección
protección en todo momento de la salud y seguridad del trabajador.
General de Juventud, quien a su vez elevará la propuesta de con-
Desde esta perspectiva, es objetivo de la Consejería de Sanidad
cesión de los galardones al Consejero de Educación, el cual resol-
y Consumo minimizar la incidencia de los accidentes relacionados
verá mediante Orden. Cualquiera de las cinco modalidades en
con agentes biológicos entre el personal de los centros y esta-
que se dividen los galardones podrá ser declarada desierta, si a
blecimientos sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, mediante
juicio del jurado ninguna de las candidaturas presentadas es mere-
el establecimiento de directrices dirigidas a implantar productos
cedora del galardón. Asimismo, el jurado podrá declarar ganador
y procedimientos de seguridad, así como un sistema de registro
del galardón en una modalidad a dos candidatos “ex equo” y otor-
y vigilancia unificado de accidentes con riesgo biológico.
Por todo ello, en virtud de la facultad atribuida por el artícu-
dientes, implementarán dichas acciones integradas por las siguien-
lo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid,
Protocolizar y planificar los procesos y actuaciones derivados
del accidente con riesgo biológico.
Difundir dicho protocolo de actuación a las gerencias, servi-
cios, trabajadores y sus representantes, garantizando su conoci-miento en toda la línea jerárquica. Artículo 1
Implantar dispositivos de seguridad frente al accidente con
Formación, capacitación e información de los trabajadores
en materia de prevención del accidente con riesgo biológico, inci-
Establecer las directrices para implantar los productos y pro-
diendo de forma especial en la importancia del cumplimiento de
cedimientos de seguridad, con el fin de minimizar la incidencia
las medidas de precaución universal.
de accidentes con riesgo biológico en el personal de los centros
Implementar un sistema de vigilancia de los accidentes con
y establecimientos sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
riesgo biológico que permita la evaluación sistemática y continua
Establecer un sistema de registro y vigilancia unificado de
de dicho riesgo y de las medidas preventivas adoptadas.
accidentes con riesgo biológico en los centros y establecimientos
Planificar la prevención del accidente con riesgo biológico,
sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
integrando en ella la técnica, la organización del trabajo, las con-diciones de trabajo y la influencia de los factores ambientales en
Artículo 2
Colaborar con la Autoridad Sanitaria en la implementación
del Sistema de Información de los accidentes con riesgo biológico
A los efectos de la presente Orden, se entenderá por:
Accidentes con riesgo biológico: Toda inoculación o con-
Artículo 5
tacto accidental de piel o mucosas con sangre, tejidos uotros fluidos corporales potencialmente contaminados por
Implantación de los dispositivos de seguridad frente al accidente
agentes biológicos, que el trabajador que desempeña su tarea
en la actividad de Asistencia Sanitaria sufra con ocasión
Los responsables de los centros sanitarios adoptarán las medidas
preventivas en relación al accidente con riesgo biológico, con arre-
b) Acciones preventivas en materia de accidente con riesgo
glo a los siguientes principios generales: Evitar los riesgos, evaluar
biológico: Procesos de actuación establecidos con la fina-
los riesgos que no se puedan evitar, tener en cuenta la evolución
lidad de reducir o, en su caso, eliminar los accidentes con
de la técnica y sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o
riesgo biológico, dentro del conjunto de actividades o medi-
das que deben adoptarse y prever en todas las fases de
Los responsables de los centros sanitarios deberán consultar
actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir
a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las
decisiones relativas a la introducción de nuevas tecnologías, en
Productos de seguridad: Aquellos dispositivos sanitarios que
todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener
incorporan sistemas de seguridad o protección y que están
para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la
diseñados con el objeto de eliminar o minimizar los acci-
dentes con riesgo biológico. Se considerarán productos de
Los responsables de los centros sanitarios programarán la intro-
seguridad aquellos que figuran en el Anexo 1 de la presente
ducción de dicho material de forma progresiva, para poder asumir
Orden y que cumplen los criterios especificados en el
paulatinamente estos nuevos gastos con sujeción a los plazos de
d) Agente biológico: Microorganismos, con inclusión de los
Esta implantación y sustitución progresiva se establecerá con-
genéticamente modificados, cultivos celulares y endopará-
siderando simultáneamente dos criterios:
sitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de
El impacto del dispositivo tradicional en términos de fre-
cuencia de inoculaciones atribuidas al mismo.
Sistema de vigilancia de accidentes con riesgo biológico:
El impacto del dispositivo tradicional en términos de gra-
Registro estandarizado, sistemático y continuo de datos
vedad potencial de la inoculación. Según este criterio se priori-
sobre accidentes con riesgo biológico, su análisis, interpre-
zarán, en un primer paso de implantación, aquellos dispositivos
tación y utilización en la planificación, implementación y
que actúan directamente sobre venas o arterias.
evaluación de programas de prevención de riesgos laborales.
Una lista indicativa de los productos de seguridad a implantar
de forma escalonada se presenta en el Anexo 1, dicha lista es
Artículo 3
orientativa y deberá ser objeto de continuas actualizaciones enbase a los avances tecnológicos futuros.
Los dispositivos de seguridad deberán cumplir los requisitos
La Autoridad Sanitaria establecerá las medidas necesarias para
mínimos que se listan en el Anexo 2.
promover, difundir e implantar de manera efectiva en los centrosy establecimientos sanitarios del Servicio Madrileño de Salud las
Artículo 6
acciones preventivas en materia de accidentes con riesgo biológico
Capacitación, formación e información
y creará un sistema de información único para el seguimientoepidemiológico de dichos accidentes.
Los servicios responsables de la prevención de riesgos laborales
de los centros sanitarios promoverán las medidas adecuadas parala capacitación y formación del personal sanitario en el uso de
Artículo 4
dispositivos y productos de seguridad, así como para la implan-
Acciones preventivas en materia de accidente con riesgo biológico
tación de prácticas de trabajo más seguras.
Asimismo promoverán programas educativos dirigidos al per-
Los responsables de los centros sanitarios adoptarán las medidas
sonal sanitario en los que se identifiquen los riesgos asociados
necesarias para implantar en los mismos de manera efectiva, las
a los patógenos de contagio sanguíneo, entre otros, y se recuerden
acciones que permitan la reducción o eliminación de la incidencia
de manera periódica los riesgos profesionales existentes.
y gravedad de los accidentes relacionados con agentes biológicos.
En dichos programas se hará especial énfasis en las buenas prác-
Los centros sanitarios de la Comunidad de Madrid, a través
ticas de seguridad e higiene y en la limpieza y descontaminación
de sus Servicios de Prevención de Riesgos Laborales correspon-
Con carácter general, se facilitará a los profesionales con riesgos
Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa nece-
de exposición a agentes biológicos toda la información necesaria
sarias que garanticen la seguridad de los datos y evitar su alteración,
en materia de prevención de riesgos laborales que sea exigible
pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
conforme a la legislación aplicable.
Publicar siempre datos de forma agregada.
En este proceso de formación y capacitación se contará con
la participación de los representantes de los profesionales, a través
Artículo 9
de sus respectivas organizaciones asociativas, corporativas y de
Implantación de dispositivos seguros: A partir de la entrada
Artículo 7
en vigor de esta Orden, los pliegos de prescripciones técnicas delos correspondientes procedimientos de adjudicación de materiales
Sistema de vigilancia de los accidentes con riesgo biológico
y dispositivos de los centros y establecimientos sanitarios de la
Comunidad de Madrid contemplarán, como mínimo, en el caso
Los centros sanitarios de la Comunidad de Madrid, a través
de agujas hipodérmicas, catéteres y dispositivos asociados y sis-
de sus Servicios de Prevención de Riesgos Laborales correspon-
temas de extracción sanguínea, los requisitos y condiciones pre-
dientes, implantarán el registro de accidentes con riesgo biológico
vistos en el Anexo 2 de la presente Orden.
que la Dirección General de Salud Pública y Alimentación cree
Progresivamente y en un plazo no superior a un año, a partir
al afecto. Dicho registro estandarizado incluirá variables temporo-
de la entrada en vigor de esta Orden, se introducirán todos los
espaciales descriptoras del accidente, agente material, mecanismo
dispositivos contemplados en el Anexo 1 y se garantizarán los
de la lesión y factores contribuyentes o concurrentes. Adicional-
criterios mínimos que se listan en el Anexo 2 de esta Orden. Dicha
mente, dicho registro será la base documental para proveer, a
introducción implicará la sustitución completa de los dispositivos
nivel centralizado, un Sistema de Información Sanitaria de los
tradicionales menos seguros y se hará extensiva a todos los servicios
accidentes con riesgo biológico de la Comunidad de Madrid.
En cada centro sanitario, el personal sanitario del Servicio de
Implantación del sistema de vigilancia de los accidentes con
Prevención de Riesgos Laborales correspondiente, y en su ámbito
riesgo biológico: El registro estandarizado de los accidentes con
de actuación, deberá analizar dicha información con criterios epi-
riesgo biológico quedará implantado en las Unidades de Vigilancia
demiológicos y colaborar con el resto de los componentes del Servi-
de la Salud de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales
cio de Prevención a fin de investigar las causas del accidente con
de los Centros Sanitarios de esta Comunidad, en un plazo máximo
riesgo biológico; proponer las medidas necesarias y evaluar las
de seis meses, a partir de la entrada en vigor de la misma.
Los programas de capacitación y formación del personal
En la planificación de la prevención del accidente con riesgo
sanitario existentes con anterioridad a la entrada en vigor de esta
biológico, se integrará la técnica, la organización del trabajo y
Orden deberán adaptarse en un plazo máximo de un año. No
obstante, se garantizará la formación y capacitación del trabajador,en el uso del nuevo material, antes del comienzo de su utilización. Artículo 8
Cada centro sanitario, a través de sus Servicios de Prevención
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior ran-
de Riesgos Laborales correspondientes, colaborará con la Direc-
go se opongan a lo dispuesto en la presente Orden.
ción General de Salud Pública y Alimentación para proveer elSistema de Información de Accidentes con Riesgo Biológico de
En todo el proceso que define este Sistema de Información,
se cumplirán escrupulosamente los criterios de confidencialidadsegún lo dispuesto en la legislación vigente: Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal;
Se habilita a la Dirección General de Salud Pública y Alimen-
el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, que aprueba el Regla-
tación para actualizar el contenido de los Anexos 1 y 2, así como
mento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados
para dictar cuantas resoluciones exija el cumplimiento de lo pre-
que contengan datos de carácter personal, y la Ley 8/2001, de
13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en laComunidad de Madrid.
El Sistema de Información de Accidentes con Riesgo Biológico
de la Comunidad de Madrid será centralizado en el Servicio deSalud Laboral de la Dirección General de Salud Pública y Ali-
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publi-
mentación quien analizará de forma global, sistemática y periódica
cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
las características epidemiológicas y tendencias de la siniestralidad
Dada en Madrid, a 11 de mayo de 2005.
En este procesamiento centralizado de información se garan-
tizará la confidencialidad individual, y la información que incluyadatos de carácter personal se limitará a la estrictamente permitida
El Servicio de Salud Laboral de la Dirección General de Salud
TABLA INDICATIVA DE PRODUCTOS DE SEGURIDAD
Pública y Alimentación custodiará esta información global, la ana-
Dispositivos de seguridad
lizará con criterios epidemiológicos y difundirá los resultados de
— Agujas de seguridad adaptable a sistema para extracción de
dichos análisis garantizando las siguientes premisas:
No aplicar o utilizar los datos para objetivos o fines distintos
— Campanas para extracción por vacío.
a los de la vigilancia epidemiológica.
— Adaptadores para sistema de extracción múltiple por vacío.
No distribuir copias a terceros de los datos individuales,
— Catéteres periféricos de seguridad.
— Válvulas simples y bifurcadas de seguridad para catéteres.
Adoptar las medidas de seguridad de nivel alto descritas
— Agujas hipodérmicas de seguridad.
en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, que aprueba el Regla-
— Jeringas para gasometría con aguja de seguridad.
mento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados.
No identificar a los trabajadores accidentados individual-
— Agujas con aletas de seguridad para canalización de vía
— Agujas de seguridad para fístulas arteriovenosas.
Obtención de documentación e información:
— Agujas de seguridad para reservorio.
Entidad: Canal de Isabel II (Áreas Recreativas).
b) Domicilio: Calle Santa Engracia, número 108, tercero
— Jeringa de insulina con aguja incorporada de seguridad.
— Lanceta automática de seguridad adultos.
Localidad y código postal: 28003 Madrid.
— Lanceta automática de seguridad pediatría.
d) Teléfono: 915 451 000, extensión 1078.
— Dispositivos de seguridad para incisión capilar.
Los Pliegos de Condiciones se pueden obtener también en
— Jeringa precargada estéril envasado unitario para lavado de
Fecha límite de obtención de documentos e información:Hasta el día anterior al del vencimiento del plazo de pre-
Requisitos específicos del contratista: Deberán acreditar sol-
CONDICIONES MÍNIMAS QUE DEBEN REUNIR
vencia técnica (experiencia anterior en servicios análogos según
LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD
lo fijado en el apartado 12.3.5.a) (sobre B) del Pliego de Con-
— La estructura de los dispositivos de seguridad tendrá siempre
diciones Generales del Concurso, mediante la presentación de un
como fin primordial la eliminación de objetos punzocor-
certificado o declaración responsable en la que se relacionen por-
menorizadamente los servicios de explotación y servicios, similares
— El dispositivo de seguridad no debe comprometer en ningún
a los que se concursan, que se hayan realizado en los tres últimos
años, indicando servicios, características de los mismos, importe,
— En todo caso, el mecanismo de seguridad debe estar inte-
fecha y duración de aquéllos. Asimismo, deberán acreditar sol-
vencia económico financiera en la forma prevista en el aparta-
— La activación del mecanismo de seguridad habrá de mani-
do 12.3.5.b) del Pliego de Condiciones Generales del Concurso.
festarse al usuario mediante una señal auditiva, táctil o visual.
— El mecanismo de seguridad no podrá ser desactivado y man-
Fecha límite de presentación: 3 de junio de 2005, antes
tendrá su actividad protectora hasta que el dispositivo esté
depositado en un contenedor de objetos punzocortantes.
b) Documentación que integrará las ofertas: Constará de tres
— Siempre que sea posible, la activación se realizará por el
profesional sanitario utilizando sólo una mano.
— Sobre A: “Oferta económica”.
— El dispositivo de seguridad debe ser compatible con otros
— Sobre B: “Documentación administrativa”.
— Sobre C: “Referencias técnicas”.
— El dispositivo de seguridad habrá de ser fácil de utilizar,
práctico, fiable y eficaz para alcanzar su finalidad.
Entidad: Canal de Isabel II, Subdirección de Con-
Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125, edificionúmero 9.
Localidad y código postal: 28003 Madrid. Anuncios
d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener
Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno
Entidad: Canal de Isabel II, salón de actos.
b) Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125. c)
CANAL DE ISABEL II
Concurso de 10 de mayo de 2005, por procedimiento abierto, para
Otras informaciones: Las ofertas económicas se deberán
la contratación de la explotación del área recreativa del embalse
presentar con arreglo al modelo de proposición que figura unido
como Anexo número 1 al Pliego de Condiciones Generales delConcurso.
Gastos de anuncios: Los gastos de anuncios serán a cargo
b) Dependencia que tramita el expediente: Áreas Recreativas.
Madrid, a 10 de mayo de 2005.—El Director-Gerente, Ildefonso
Descripción del objeto: Explotación del área recreativa delembalse de Riosequillo.
b) Lugar de ejecución: Término municipal de Buitrago del
Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno
Plazo de ejecución: Desde el día 20 de junio hasta el 1de septiembre de 2005.
Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
GEDESMA, GESTIÓN Y DESARROLLO DEL MEDIO AMBIENTE DE MADRID, S. A.
Acuerdo de 4 de mayo de 2005, de GEDESMA, Gestión y Desarro-
Presupuesto base de licitación: Importe total, 134.463 euros,
llo del Medio Ambiente de Madrid, Sociedad Anónima, por
el que se hace pública la licitación de un contrato.
— Definitiva: Importe equivalente al 4 por 100 del presupuesto
Organismo: GEDESMA, Gestión y Desarrollo del Medio
Ambiente de Madrid, Sociedad Anónima.
Key-Dependent S-Box Manipulations 1 Kaya Consulting, 6 Beechwood Avenue, Suite 16 Abstract. This paper discusses a method of enhancing the security of block ciphers which use s-boxes, a group which includes the ciphers DES, CAST-128, and Blowfish. We focus on CAST-128 and consider Blowfish; Biham and Biryukov [2] have made some similar proposals for DES. The method discussed uses bits of the